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En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe tener en cuenta los requisitos de la Directiva 2014/25/UE.

En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe tener en cuenta los requisitos de la Directiva 2014/25/UE.

Nombre De La Marca: LCS Compliance Laboratory
Número De Modelo: En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión de
Cuota De Producción: 1 piezas
Precio: 100USD
Condiciones De Pago: El importe de la ayuda se calculará en función de la cantidad de productos que se hayan vendido.
Información detallada
Descripción del producto

En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe tener en cuenta los requisitos de la Directiva 2014/25/UE. 0

Método de ensayo:

BD09100504, Reglamento general de seguridad de los productos
 

Países aplicables:

Arabia Saudita; Emiratos Árabes Unidos
 

Requisito/límites:

Sólo el producto de seguridad puede comercializarse en el mercado común del Golfo.

Un producto se considerará seguro siempre que se cumpla una de las condiciones siguientes:
a. Cuando se ajuste a las legislaciones y reglamentos técnicos unificados del Golfo relacionados con la seguridad de los productos, siempre que existan;
b. En ausencia de legislaciones del Golfo unificadas, si el producto cumple las legislaciones nacionales de productos del Estado miembro en cuyo mercado se comercialice o venda el producto;
c. En ausencia de legislación prescrita en las partidas a) y b),si el producto cumple las normas nacionales que transponen plenamente las normas unificadas del Golfo relacionadas con el producto y publicadas por la OrganizaciónLos Estados miembros publicarán dicha norma nacional en sus referencias acreditadas.
d. En ausencia de las legislaciones y normas prescritas en las letras a) a c) anteriores,La conformidad de un producto con el requisito general de seguridad se evaluará teniendo en cuenta los siguientes elementos para::
• normas nacionales relativas a la seguridad del producto en el Estado miembro en cuyo mercado se comercialice o venda el producto;
• los códigos de buenas prácticas de seguridad de los productos vigentes en el sector en cuestión;
• el estado del arte y la tecnología;
• las expectativas razonables de los consumidores en materia de seguridad.

Nota:Los productos a los que se haya concedido una marca de conformidad se considerarán conformes con el requisito general de seguridad del presente Reglamento.
Se facilitará el DOC del proveedor o, en su caso, un informe/certificado de ensayo válido para demostrar el cumplimiento.


Ámbito de aplicación del producto:

Todos los productos

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En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe tener en cuenta los requisitos de la Directiva 2014/25/UE.

En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe tener en cuenta los requisitos de la Directiva 2014/25/UE.

Nombre De La Marca: LCS Compliance Laboratory
Número De Modelo: En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión de
Cuota De Producción: 1 piezas
Precio: 100USD
Condiciones De Pago: El importe de la ayuda se calculará en función de la cantidad de productos que se hayan vendido.
Información detallada
Nombre de la marca:
LCS Compliance Laboratory
Número de modelo:
En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión de
Cantidad de orden mínima:
1 piezas
Precio:
100USD
Condiciones de pago:
El importe de la ayuda se calculará en función de la cantidad de productos que se hayan vendido.
Descripción del producto

En el caso de los productos que no cumplen los requisitos de la Directiva 2014/25/UE, la Comisión debe tener en cuenta los requisitos de la Directiva 2014/25/UE. 0

Método de ensayo:

BD09100504, Reglamento general de seguridad de los productos
 

Países aplicables:

Arabia Saudita; Emiratos Árabes Unidos
 

Requisito/límites:

Sólo el producto de seguridad puede comercializarse en el mercado común del Golfo.

Un producto se considerará seguro siempre que se cumpla una de las condiciones siguientes:
a. Cuando se ajuste a las legislaciones y reglamentos técnicos unificados del Golfo relacionados con la seguridad de los productos, siempre que existan;
b. En ausencia de legislaciones del Golfo unificadas, si el producto cumple las legislaciones nacionales de productos del Estado miembro en cuyo mercado se comercialice o venda el producto;
c. En ausencia de legislación prescrita en las partidas a) y b),si el producto cumple las normas nacionales que transponen plenamente las normas unificadas del Golfo relacionadas con el producto y publicadas por la OrganizaciónLos Estados miembros publicarán dicha norma nacional en sus referencias acreditadas.
d. En ausencia de las legislaciones y normas prescritas en las letras a) a c) anteriores,La conformidad de un producto con el requisito general de seguridad se evaluará teniendo en cuenta los siguientes elementos para::
• normas nacionales relativas a la seguridad del producto en el Estado miembro en cuyo mercado se comercialice o venda el producto;
• los códigos de buenas prácticas de seguridad de los productos vigentes en el sector en cuestión;
• el estado del arte y la tecnología;
• las expectativas razonables de los consumidores en materia de seguridad.

Nota:Los productos a los que se haya concedido una marca de conformidad se considerarán conformes con el requisito general de seguridad del presente Reglamento.
Se facilitará el DOC del proveedor o, en su caso, un informe/certificado de ensayo válido para demostrar el cumplimiento.


Ámbito de aplicación del producto:

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